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FORTALEZA DEL COMOSC



En esta gaceta que proyecta las actividades de los Organismos de la Sociedad Civil (OSC´s), desde el año 2010 en que se publica el Reglamento (equivale a Ley) que rige el Tercer Sector y crea el Consejo Municipal de los OSC´s. (COMOSC), habíamos insistido con orgullo que las actividades de este tipo de organizaciones, se diferenciaban de todo lo relacionado con la política militante.

 

Pero tenía que llegar el momento que algunos integrantes del voluntariado, en el pasado inmediato hubieran sido candidatos a puestos públicos, para que de inmediato se contaminara. En este 2025, aspirantes hombres, tuvieron el atrevimiento y la candidez de hacer llamadas proselitistas para pedir el voto a cambio de invitaciones a desayunar y los más arriesgados ofrecieron usar el PAFOSC para recompensarlos con dinero.

 

El PAFOSC es el Programa de Apoyos Económicos instituidos desde el Reglamento para cubrir Programas importantes de las instituciones participantes. En esencia ganan los que detallen con claridad que el proyecto beneficiará a más personas que están entre los objetivos de la OSC. Un ejemplo, una institución que atiende a personas con discapacidad, presenta un proyecto a cumplir durante 6 meses en algún tipo de terapia realizada por un profesionista externo y al que se le pagará.

 

Desde aquí deseamos mucho éxito a los ganadores para integrarse como Consejeros Ciudadanos al COMOSC. Observaremos muy de cerca a quienes ofrecieron dinero y ganaron.  Están plenamente identificados por lo menos, más de una persona puede ser testigo. Y cuando se publique la Convocatoria para el PAFOSC, pueden estar seguros de que la distribución no la realizará una sola persona. Sino una Comisión, como ha sido casi siempre.  

 

 

 




Coadyuvancia Ciudadana

El articulado del Reglamento, fue trabajado teniendo como guía, la Ley (Estatal) de Fomento en la que muchos ciudadanos colaboraron junto con los diputados locales. Desde entonces se buscó la forma de hacer alianzas con los gobiernos municipales. Solo por citar dos artículos como ejemplo de lo antes escrito sobre el Reglamento. Y que por cierto no se aprovecha.

 

Art. 18. Las organizaciones inscritas en el directorio municipal, podrán coadyuvar con el gobierno municipal en la prestación de servicios públicos o la realización de obras relativos a bienestar y desarrollo social en los términos de los convenios que para tal efecto se celebren.

 

Art. 19.  Cualquier organización que participe como coadyuvante o subrogada la prestación de cualquier servicio público municipal a que se refiere el artículo anterior, deberá cumplir con los requisitos de atención y calidad que corresponda, con las reglas contenidas en el convenio correspondiente y los que establezcan las leyes y reglamentos aplicables en la materia. Se procederá de idéntica manera en el caso de obras públicas.

 

 

Actualizar el Reglamento

Este Reglamento que hace las veces de Ley, junto con el Manual Operativo, se trabajó en coordinación con las autoridades municipales y los miembros de OSC´s que quisieron integrarse a las mesas de trabajo.  Se publicó en el Periódico Oficial el 22 de enero de 2010.

Para su época fue un documento de avanzada.  Sin embargo, en recientes años se han encontrado algunas inconsistencias que en el pasado no significaban trastornos, pero que ahora, quienes son movidos por la ambición, complican la buena marcha.

 

Es buen momento de actualizarlo, aunque ya se hizo en el 2020. Se solicitará a DESOM y al COMOSC que publiquen una Convocatoria para integrar mesas de trabajo y entregar resultados a este XXV Ayuntamiento que está en el primero de sus tres años de responsabilidad.  Todo lo que se haga para fortalecer el Reglamento y el Manual Operativo, dará más transparencia a las decisiones del Consejo Municipal de OSC´s (COMOSC)

 


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